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¿Es lo mismo jurisdicción pendiente que jurisdicción suplementaria?

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¿Es lo mismo jurisdicción pendiente que jurisdicción suplementaria?
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Anonim

La jurisdicción pendiente era una doctrina que otorgaba a los tribunales federales que ejercían la cuestión federal jurisdicción la facultad de escuchar reclamaciones relacionadas con la ley estatal que no cumplían de forma independiente con los requisitos de la jurisdicción federal sobre la materia. … § 1367 bajo el término “jurisdicción suplementaria”. 28 USC

¿Cuál es la diferencia entre jurisdicción pendiente y accesoria?

La jurisdicción pendiente permitía a los tribunales federales afirmar su jurisdicción sobre reclamaciones de derecho estatal que tuvieran un nexo suficiente con la reclamación federal. La jurisdicción auxiliar, por otro lado, permitía a los tribunales en casos de diversidad ejercer jurisdicción sobre partes no diversas unidas después de la presentación de la demanda original.

¿Qué se considera jurisdicción complementaria?

La jurisdicción complementaria es los medios a través de los cuales se pueden presentar ante un tribunal federal demandas sobre las que un tribunal federal normalmente no tendría jurisdicción sobre la materia Es una manera, por ejemplo, de que se pueden presentar demandas estatales ante un tribunal federal aunque no exista diversidad de jurisdicción.

¿Qué es la jurisdicción personal pendiente?

La jurisdicción personal pendiente, al igual que su primo más conocido, la jurisdicción de materia suplementaria, existe cuando un tribunal posee jurisdicción personal sobre un demandado para un reclamo, carece de una base independiente para otro reclamo que surge de el mismo núcleo de hecho operativo, y luego, por poseer …

¿Qué son las reclamaciones pendientes?

El poder discrecional de un tribunal federal para permitir la afirmación de un reclamo relacionado con la ley estatal, junto con un reclamo federal entre las mismas partes, debidamente ante el tribunal, siempre que el reclamo federal y el reclamo de la ley estatal se derivan del mismo conjunto de hechos.

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