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¿Se extinguen necesariamente las obligaciones accesorias en la novación?

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¿Se extinguen necesariamente las obligaciones accesorias en la novación?
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Video: ¿Se extinguen necesariamente las obligaciones accesorias en la novación?

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Video: ¿Qué es la NOVACIÓN? - Novación Objetiva y Subjetiva 2024, Mayo
Anonim

la accesoria en la obligación originaria, no se extinguirá sin su consentimiento.

¿Cómo saber si una obligación se extingue?

Una obligación se extingue si el acreedor acepta en lugar de la prestación otra prestación distinta a la convenida Si el deudor, con el fin de satisfacer al acreedor, asume una nueva obligación para con él, no debe presumirse, en caso de duda, que asume la obligación en lugar del cumplimiento.

¿Cuál es el efecto de la novación sobre la obligación accesoria?

Cuando la obligación principal se extingue por razón de la novación, las obligaciones accesorias sólo subsistirán en cuanto beneficien a terceros que no hayan dado su consentimiento para ello.

¿Cómo se extingue una obligación por novación?

La novación se define como la extinción de una obligación por la sustitución o cambio de la obligación por otra posterior que pone fin a la primera, ya sea cambiando el objeto o las condiciones principales, o sustituyendo la persona del deudor, o subrogando a un tercero en los derechos del acreedor.

¿Qué sucede con la novación si la obligación original fue nula?

La regla general es que no hay novación si la nueva obligación es nula y, por tanto, la originaria subsistirá por cuanto inexistente la segunda obligación, se no puede extinguir ni modificar la primera. Si la nueva obligación sólo es anulable, puede tener lugar la novación.

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